El pasado 22 de agosto se inició una nueva “nueva normalidad” en Castilla y León, de la mano del nuevo Plan de Medidas de Prevención y Control para hacer frente a la crisis sanitaria provocada por el COVID-19 en Castilla y León (Acuerdo 46/2020, de 20 de agosto, publicado en el BOCYL del día siguiente); el cual dejó sin efecto el anterior plan (Acuerdo 29/2020, de 19 de junio, de la Junta de Castilla y León; BOCYL de 20 de junio de 2020). Debido a la evolución poco favorable de la situación sanitaria, los cambios tienden a establecer mayores restricciones, también en el ámbito de la actividad físico-deportiva.
En lo atinente al deporte no federado, se reduce al 50% el aforo para realizar actividad físico-deportiva en instalaciones deportivas (que deberá seguir siendo, siempre, sin contacto), con independencia de si es cubierta o al aire libre. También se añade expresamente la obligatoriedad de mantener la distancia de seguridad mientras se realiza la actividad físico-deportiva.
Analizando el apartado dedicado al deporte federado (tanto de carácter autonómico como estatal), comprobamos que, con independencia de si la práctica deportiva es entrenamiento o competición, se aumenta (¡?) de 25 a 30 el número de personas que simultáneamente y sin contacto físico podrán llevarla a cabo. Dejando de operar este límite si, de conformidad con las reglas federativas, cada equipo cuenta con un espacio diferenciado. Y, mientras que en el anterior plan la distancia de seguridad debía mantenerse «siempre que sea posible», en el nuevo plan es exigida de forma incondicional («deberá mantenerse»).
Una de las novedades más relevantes es que se permite celebrar competiciones de deportes colectivos de contacto físico en los que junto con los deportistas profesionales, de alto nivel o de alto rendimiento, participen los amateurs. Eliminándose, así, una importante disfunción que provocaba el anterior plan, en virtud del cual en un equipo en el que coexistían jugadores profesionales y no profesionales, sólo podían participar en la competición los primeros.
Por otra parte, desaparece el límite de 300 deportistas participantes de eventos deportivos. Asimismo, se deja de exigir a los organizadores un protocolo específico para el COVID-19. En su lugar, «se deberá realizar una evaluación del riesgo por parte de los Servicios Territoriales de Sanidad, cuando el evento sea a nivel provincial o por parte de la Dirección General de Salud Pública, cuando el evento exceda del ámbito provincial (…)»; y, «en función de esta evaluación, cada evento de estas características deberá contar con la autorización expresa del órgano competente por razón de la materia y del territorio» (punto 2º del apartado 3.36 del plan, dedicado a «Otros eventos y actividades»).
El nuevo plan introduce limitaciones diferentes a la asistencia de público a los eventos deportivos. Por un lado, desaparecen los topes objetivos (500 personas en lugares cerrados y 1.000 en lugares abiertos) y, de otro lado, se reduce el aforo al 50% del permitido. Además, se establece que si la instalación deportiva cuente con butacas preasignadas, el público deberá ser distribuido de forma homogénea por todo el recinto; y, en todo caso (es decir, incluso si la instalación no cuenta con butacas preasignadas), el público deberá estar sentado y colocado al tresbolillo. Se reitera, por último, que deberá mantenerse la distancia de seguridad interpersonal.
A las medidas del nuevo plan cabe añadir que hoy han entrado en vigor nuevas restricciones temporales (en principio, siete días) en las ciudades de Salamanca y Valladolid (Órdenes SAN/809/2020 y SAN/810/2020, respectivamente, de 1 de septiembre; publicadas en el BOCYL de ayer, 2 de septiembre) que afectan, entre otros ámbitos de la vida, a la actividad físico-deportiva. En efecto, ha quedado limitada la práctica de la actividad físico-deportiva no federada a 5 personas simultáneamente (y, huelga decir, sin contacto físico); y, salvo que las reglas federativas garanticen espacios diferenciados para cada equipo, se establece el mismo límite para la práctica federada autonómica en los entrenamientos. En cuanto al público asistente a eventos deportivos, se ha dispuesto un irrisorio tope objetivo de 25 personas en lugares cerrados y 50 al aire libre.
Guillermo Castro Manzanares
Abogado | Socio de ATLEY
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